Óscar Morales, doctor en Derecho y reconocido penalista, ingresó como académico de número de la Real Academia Europea de Doctores-Barcelona 1914 (RAED) durante una solemne sesión que se celebró en la Sala de Actos de Fomento del Trabajo, sede de la Real Corporación, el pasado 15 de mayo. El acto pudo seguirse tanto de forma presencial como en streaming a través el canal de YouTube de la RAED, donde puede visionarse. El recipiendario leyó el discurso de ingreso «El horizonte de sucesos de la justicia penal». Le respondió, en nombre de la Real Academia, el académico de número Fermín Morales.
Socio del despacho Morales Abogados Penalistas junto a su introductor en la Academia, el nuevo académico planteó de entrada las preguntas a las que trató de dar respuesta en su intervención, basada en un análisis epistemiológico: «¿Cuál es la causa del colapso del sistema penal?, ¿Qué lleva a la formación de un agujero negro en torno al cual se sitúa un horizonte de sucesos al que todo concepto dogmático, toda garantía de derechos y con ello, cualquier aproximación al concepto de justicia penal queda derogado? ¿Es algo que necesariamente será así, dada la naturaleza de las cosas o, por el contrario, es consecuencia de una determinada pulsión organizativa de nuestra comunidad o de determinadas comunidades?».
Para Morales, el Derecho penal, con la aquiescencia de políticos, colegios y otras asociaciones profesionales, ha llevado a la pérdida de la causalidad natural como referencia en los procesos de imputación, a la difuminación de las categorías de autoría y participación ya en la propia descripción típica, a la creación de estructuras típicas desligadas de las exigencias clásicas del principio de taxatividad, al aumento significativo de las penas, a un reformismo penal sucesivo, a la transposición literal de la normativa supranacional y la cesión de soberanía penal en condiciones equivalentes a los de sistemas penales ajenos a nuestra tradición jurídica y a un neopositivismo ajeno a las reglas dogmáticas, «que trata de someter a pena cualquier comportamiento que los medios de comunicación socialicen como inadecuado o merecedor de tutela».
«La tensión entre el funcionalismo y el utilitarismo, por un lado, enderezados a alcanzar los fines de la política criminal y el garantismo, estructuralmente pensado para limitar el poder del Estado en la persecución de los legítimos fines del Derecho penal se saldó a finales de los 90 del siglo pasado con una clara imposición funcionalista que maximizaba los intereses de la política criminal. En esa tensión, durante los primeros años 80 y hasta mediados de los 90, el garantismo llegó a ser una corriente jurídica de proporciones colosales, en el orden teórico. Se infiltró en los fundamentos del Derecho penal, cuestionando la prevención general, particularmente la positiva, como sistema para justificar adecuadamente la necesidad de pena al no garantizar suficientemente la vigencia constitucional del sistema de derechos y libertades. En el centro de la diana, la difuminación del principio de culpabilidad desde el prevencionismo, necesitado de referencias psicosociales para conseguir un efecto estabilizador de la conciencia jurídica colectiva», argumentó para abordar de forma específica el denominado neorretribucionismo penal, que consideró la fuente de alimentación del colapso del sistema.
«Las distintas herramientas de observación y los distintos puntos de referencia a los que aquellas se dirigen arrojan datos preocupantes sobre la relación entre el sistema de justicia penal y la estructura del Estado social y democrático de Derecho y el sistema de valores superiores que lo circunda. La observación arroja una preocupación por el consumo extraordinario del combustible natural del sistema penal: el garantismo, el conjunto de reglas formales y materiales que determinan lo que en una comunidad de ciudadanos libres conforma un sistema penal justo. Al consumo de garantías y la indiferencia hacia su reposición y cuidado han contribuido un conjunto de factores múltiples. El uso partidista del Derecho penal, la alimentación de estructuras institucionales cada vez más alejadas de los fundamentos del sistema, la corrupción institucional de una práctica forense gobernada por una norma extraordinaria, pero de otro tiempo y otra centuria muy anterior, son algunas de las causas del fenómeno que está colapsando el sistema», concluyó.
Morales ha sido profesor de la Universidad de Cantabria, la Universidad Autónoma de Barcelona o la Universidad Rovira Virgili, entre otras. Desde 2001 es profesor visitante de la Universidad de los Estudios de Trento y profesor adjunto de la Universidad Ramon Llull. Junto a Fermín Morales puso en marcha en 2022 el despacho Morales Abogados Penalistas, donde ambos letrados funden su amplia experiencia. Los dos profesionales mantienen la tradición de boutique, como se conoce a los pocos y selectos despachos especializados en un ámbito del Derecho, en su caso el penal, centrando su trabajo de asesoramiento o procesal en clientes de primer nivel, directivos, empresas e instituciones. Gozan de un amplio y reconocido prestigio académico y son autores y directores de algunas de las más importantes publicaciones especializadas, como los «Comentarios al Código Penal» de Fermín Morales y el «Código Penal con jurisprudencia» de Thomson Reuters Aranzadi que realizó Óscar Morales.