
Dr. Daniel Berzosa
Daniel Berzosa, profesor de Derecho Constitucional y Derechos Fundamentales de Cunef Universidad, del Instituto de Estudios Bursátiles y del Instituto de Empresa-Law & Business School, miembro de la Academia Global y del Consejo Científico del colectivo internacional Citizens pro Europe y académico de número y miembro de la Junta de Gobierno de la Real Academia Europea de Doctores (RAED), publicó el pasado 13 de agosto en la destacada sección «La Tercera» del diario «ABC» el artículo «El TC debe ser un órgano deliberante», en el que explica, a partir de las tesis de otros expertos, cómo funciona el Tribunal Constitucional alemán, considerado un modelo gracias a su estructura deliberativa y su cultura de consenso. Para Berzosa, este modelo no solo mejora la calidad jurídica, sino que también le protege de la politización y la desconfianza social frente al modelo polarizado español.
El académico cita a la jurista alemana Gertrude Lübbe-Wolff, exmagistrada del propio tribunal, quien analiza en su libro «Consulta de culturas. El funcionamiento de los tribunales constitucionales y qué determina si se integran o polarizan» las claves de este éxito institucional, defendiendo que la deliberación estructurada y las decisiones conjuntas fortalecen tanto la calidad de las sentencias como la legitimidad del tribunal. La autora explica que este estilo de trabajo no responde a un rasgo cultural, sino a un diseño institucional pensado para promover el diálogo racional y evitar la confrontación. En este tribunal, las decisiones no se toman hasta agotar el debate, y todas las opiniones, incluso las minoritarias, se escuchan con seriedad. Este método evita la polarización interna y fomenta una cooperación entre jueces que contrasta con los modelos individualistas de otros sistemas judiciales.
Una diferencia central con otros países, señala Lübbe-Wolff y comparte Berzosa, es que en Alemania la mayoría debe alcanzarse no solo para el fallo, sino también para su motivación jurídica. Esto obliga a los magistrados a buscar una fundamentación compartida, elevando la coherencia del Derecho Constitucional. El libro compara este modelo con el de los sistemas anglosajones de Common Law, donde cada juez suele redactar su propia opinión (Seriatim), frente al enfoque colectivo del per Curiam característico del Derecho Civil. En el caso alemán, la cultura de deliberación se refuerza con una arquitectura institucional equilibrada: los jueces son elegidos por una mayoría de dos tercios, lo que fuerza acuerdos políticos amplios y evita nombramientos ideológicos o polarizadores.
Berzosa explica cómo Lübbe-Wolff subraya también el papel del magistrado ponente, encargado de elaborar un informe inicial que guía las deliberaciones y asegura un debate informado desde el inicio. Las decisiones se construyen colectivamente, mediante sucesivas rondas de discusión y revisión. El consenso suele alcanzarse sin votaciones formales, en un ambiente de respeto y flexibilidad. La confidencialidad es otro elemento esencial. A diferencia de países donde las deliberaciones judiciales son públicas, en Alemania los debates se realizan a puerta cerrada, lo que permite libertad de opinión y evita la exposición mediática. Aunque los jueces pueden presentar votos particulares, su uso es limitado, ya que la mayoría intenta incorporar las objeciones de las minorías en el texto final.
El académico concluye que el análisis de la reconocida jurista alemana deja una lección institucional: las reglas moldean el comportamiento de los jueces. «El éxito del Tribunal Constitucional alemán prueba que las estructuras dialogantes aumentan la legitimidad del Derecho Constitucional en contextos democráticos ante desafíos como la polarización política o la presión mediática. Esto es fundamental para la justicia constitucional. Los tribunales constitucionales deben contribuir no solo a asegurar jurídicamente la supremacía normativa de la Constitución, sino al mejor desenvolvimiento del sistema democrático», considera Berzosa.

Tobias Helfrich, CC BY-SA 3.0, via Wikimedia Commons
El académico, por otra parte, participó el pasado 4 de octubre en Canal Extremadura para explicar las contradicciones que existen entre el redactado del Estatuto de Autonomía de Extremadura y el reglamento del Parlamento de esta comunidad autónoma en relación a la convocatoria de elecciones anticipadas y, en su caso, la duración de la legislatura, asegurando que, como norma de rango superior, se impone siempre lo recogido por el Estatuto. «Prevalece lo que dice el Estatuto, puesto que es una norma superior a lo que pueda decir el reglamento parlamentario, máxime cuando este último restringe esta disposición que se introdujo en 2011», explicó Berzosa. Si la controversia llegara ante el Tribunal Constitucional, el Reglamento de la Asamblea, que limita la legislatura, es inaplicable. «En caso de llegar a un tribunal, esa parte del reglamento sería inaplicable, porque es una norma inferior y contradice a la superior, y tiene un contenido restrictivo respecto a lo que dispone el Estatuto», concluyó
Berzosa es miembro de la Sociedad de Diplomacia y Ciencias Políticas de Estados Unidos, coordinador del Observatorio Internacional de la Regulación de las Entidades del Sector Público de la Universidad de Santiago de Compostela, miembro de los comités organizadores de los congresos del World Law Congress de Cartagena de Indias 2021 y Madrid 2019 y autor de libros y artículos científicos publicados en revistas de prestigio. Es asimismo un reconocido divulgador de temas legales y ciencias políticas en los principales medios de comunicación españoles.