Francisco López Muñoz, profesor de Farmacología y vicerrector de Investigación, Ciencia y Doctorado de la Universidad Camilo José Cela, miembro fundador del Comité de Observación del Observatorio de Derechos Humanos de España, académico correspondiente de la Real Academia de Medicina del País Vasco, miembro de la Academia de las Ciencias y las Artes Militares y académico de número de la Real Academia Europea de Doctores-Barcelona 1914 (RAED), explica el marco regulador de la eutanasia y el suicidio asistido en España en el artículo «¿Cómo aborda la legislación española la eutanasia y la cooperación al suicidio?», que se publicó en el portal especializado The Conversation el pasado 21 de febrero. López Muñoz firma este artículo junto a Antonio Nicolás Marchal, profesor de Derecho Penal de la Universidad CEU San Pablo.
Los dos expertos parten del reciente caso del ex primer ministro holandés Dries van Agt y su esposa, Eugenie Krekelberg, ambos de 93 años y con un estado de salud muy deteriorado, que ha hecho que la eutanasia vuelva a ocupar las primeras páginas de los diarios europeos a pesar de que esta práctica y el suicidio asistido, bajo seis supuestos concretos, son legales en los Países Bajos desde hace 22 años. «Desde el de 24 de marzo 2021, tras aprobarse la ley orgánica 3/2021 de Regulación de la Eutanasia, esta práctica también es legal en España, bajo una serie de procedimientos y garantías que han de observarse», señalan.
López Muñoz y Nicolás Marchal explican que los solicitantes deben tener una enfermedad grave e incurable, sufrir constantes e insoportables dolores físicos o psíquicos y seguir un proceso deliberativo con dos períodos de reflexión y una segunda opinión médica. Además, la ley distingue entre eutanasia y cooperación al suicidio, castigando la ayuda activa al suicidio con penas de prisión. A pesar de la controversia, la eutanasia es un derecho reconocido en España, con cientos de solicitudes presentadas desde que la ley entró en vigor, principalmente por personas con enfermedades graves neurológicas u oncológicas. Este debate sobre el final de la vida no es nuevo, pero sigue generando discusiones sobre la ética y la moralidad en la toma de decisiones médicas.
«El debate ético y moral en torno a la eutanasia no para de girar. La ley denomina a la eutanasia en su articulado como ‘prestación de ayuda para morir’, terminología que en cierto modo persigue cierta exculpación para el profesional sanitario que la lleva a cabo, en un intento de construir un relato que cargue el peso de la decisión, y por ende la responsabilidad, en el propio solicitante. Los partidarios de la eutanasia sostienen que la muerte digna, aparte de erigirse en un derecho de libertad a la propia vida como trasunto de una vida digna, forma parte del derecho del hombre a dirigir su vida por completo, también en lo que se refiere a la muerte. Para los contrarios a esta práctica, no se trataría de una prestación más, ya que al margen de quedar fuera del juramento hipocrático al que se deben todos los médicos, supondría una renuncia a ese deber de procurar salvar la vida del paciente a todo trance, abriéndose un paréntesis delicado en su praxis médica», concluyen.