Dr. Joan Iglesias Capellas

Dr. Joan Iglesias Capellas

El jurista y fiscalista Joan Iglesias pide una reforma de los reglamentos de la Hacienda Pública española y el marco jurídico que regula el delito fiscal para que la Administración y la Justicia no colisionen ni se solapen en la persecución del fraude fiscal ni, en ningún caso, el ciudadano y contribuyente se vea inmerso en un marco de indefensión. Iglesias argumenta amplia y rigurosamente su postura en el trabajo «Delito fiscal y proceso penal: crónica de un desencuentro», su discurso de ingreso como académico correspondiente en la Real Academia Europea de Doctores-Barcelona 1914 (RAED), que tuvo lugar el pasado 9 de noviembre en Barcelona. Le respondió, en nombre de la RAED, el académico de número Emili Gironella.

«El proceso penal no es ni puede ser usado como una extensión de la regularización de la situación tributaria de un contribuyente -asegura Iglesias en su exposición-. El juez penal no es un mero ejecutor de los intereses de la Administración tributaria, por muy loables que éstos sean. La sentencia penal no tiene por finalidad sustituir la liquidación administrativa de la cuota, ni acelerar el cobro de la deuda tributaria. La sanción penal debe quedar reservada para aquellos supuestos en los que no existe otro modo de restablecer el daño causado por el incumplimiento de las obligaciones tributarias»

Para el nuevo académico, desde la introducción del delito fiscal en el ordenamiento jurídico español, el legislador todavía no ha acertado con la solución definitiva para un problema que, afirma, «constituye una simple cuestión de reparto de funciones y competencias entre la Administración tributaria y el Poder Judicial». Eso ha conducido a que se generen situaciones de inseguridad jurídica para el ciudadano y a lo que él mismo define como una «venganza fiscal» con la Justicia como brazo ejecutor.

El uso del derecho penal en el ámbito tributario debería quedar restringido a aquellos comportamientos manifiestamente reveladores de la voluntad de no contribuir»

«El uso del Derecho Penal en el ámbito tributario debería quedar restringido a aquellos comportamientos manifiestamente reveladores de la voluntad de no contribuir y, en cualquier caso, revestido de la máxima transparencia -defiende-. No pensamos que la solución a los elevados niveles de fraude fiscal en España sea incrementar la amenaza sobre los contribuyentes. No pensamos que el problema del incumplimiento de las normas tributarias encuentre su solución en los juzgados de lo penal. No pensamos que los órganos de la Administración tributaria deban asumir el protagonismo que la ley les confiere cuando lo que se está debatiendo es la privación del derecho a la libertad de los contribuyentes. En definitiva, una sociedad avanzada no puede permitirse la venganza fiscal y debe dejar claros los límites del poder que se confiere a los órganos de la Administración».

Iglesias ha sido técnico de la administración y de Hacienda, donde ejerció como inspector hasta 2016, y actualmente desarrolla su actividad como jurista en el despacho Crowe Horwarth, del que es socio. Ha sido asesor del president de la Generalitat de Cataluña y director del Programa para la Definición de un Nuevo Modelo de Administración Tributaria de Cataluña. En el ámbito docente ha sido profesor asociado de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Barcelona, profesor del Máster de Dirección Pública de la Escuela de Negocios ESADE, profesor del Máster en Fiscalidad de la Barcelona School of Management de la Universidad Pompeu Fabra, profesor del Máster en Fiscalidad de la Universidad Internacional de Cataluña, profesor de Derecho Tributario de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Barcelona, profesor y coordinador del Curso de Posgrado en Especialización Contable, Fiscal y Mercantil del Instituto de Economía Pública, Cooperativa y Derecho Financiero de la Universidad de Barcelona y profesor del Máster de Perfeccionamiento Tributario del Centro de Estudios Financieros, entre otros.

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