Alfonso Hernández-Moreno, académico de número de la Real Academia Europea de Doctores-Barcelona 1914 (RAED), pone en duda la efectividad del derecho al retracto de créditos litigiosos que regula el Código Civil español. Con esta última denominación se conoce el derecho del deudor que está litigando con el acreedor para que, si éste vende su crédito contra el primero, pueda extinguirlo y paralizar su ejecución abonando exactamente la cantidad que pagó el nuevo acreedor. Hernández-Moreno argumenta esta indefensión y su posible inconstitucionalidad en el discurso «El retracto de créditos litigiosos y el derecho a la vivienda», que leyó en el Congreso Europeo de Investigaciones Interdisciplinares de la RAED celebrado entre los pasados 15 y el 22 de julio en diversas ciudades del Báltico.
«Para impedir tal especulación abrumadora, el Derecho Romano propició tal posibilidad, que pasó a los Códigos modernos. Hoy, el Código Civil español, en su artículo 1.535, también la permite. Pero lo hace en términos que, en la práctica, impiden el derecho efectivo del deudor de rescatar su crédito, con lo que se consuman escandalosos supuestos de especulación, que es, en definitiva, lo que persiguen la institución y los principios que inspiran la figura del Código Civil», expone el académico.