Daniel Berzosa, profesor de Derecho Constitucional y abogado, miembro de Global Academy y del Consejo Científico de Citizens pro Europe y académico electo de la Real Academia Europea de Doctores-Barcelona, 1914 (RAED), reflexiona sobre la figura del Rey y la Monarquía en el marco de la Constitución Española, su actualidad y las fronteras y limitaciones con las que se encuentra en el artículo «Novedades reales», publicado por el diario «ABC» el pasado 18 de mayo. Berzosa considera que tanto la figura del monarca como la de la Casa Real, la Corona o el mismo modelo de Jefatura del Estado están recogidas y normalizadas en las constituciones y leyes fundamentales de otros estados miembro de la Unión Europea como Bélgica, Dinamarca o los Países Bajos y que, en el caso de España, las colisiones de competencias que se han podido dar entre poderes del Estado en los últimos tiempos no han supuesto ningún tipo de crisis institucional ni política.
«Una nueva modificación de la regulación de la Casa de Su Majestad el Rey nacía al ordenamiento jurídico español el pasado 28 de abril, mediante el Real Decreto 297/2022. Vaya por delante que considero un error de técnica normativa, desde la entrada en vigor de la Constitución, que dicho organismo de relevancia constitucional al servicio de Su Majestad el Rey para asistirlo principalmente como jefe del Estado, se regule por una norma gubernamental con el feble motivo de que afecta a la administración pública. También lo estimo si lo fuera por una anticonstitucional ‘ley de la Corona’. Y ello sin perjuicio de que se distinga inteligentemente entre actos ‘ad intra’ o ‘ad extra’ del Rey. El pueblo español determinó su última voluntad constituyente en 1978, en una Constitución que es entre difícil y muy difícil de reformar, y dedicó un título específico a la Corona», inicia Berzosa su argumentación partiendo de una de estas fuentes de colisión jurídica entre poderes.
Para el académico electo, la «administrativización» creciente de la Casa del Rey la ha llegado a situar fuera de lo que considera su órbita constitucional, a tener de la letra de la propia Carta Magna y a hacerla cada vez más dependiente del Gobierno del Estado, haciendo que sea el ejecutivo de turno el que llegue a controlar sus funciones y movimientos. «Precisamente cuando este tipo de organizaciones estatales no administrativas no son administración pública para garantizar su ámbito de autonomía por razón de la misión que les corresponde», señala el experto.
«El Rey es coherente y honrado. Ha cumplido con su compromiso ético y cívico. Las novedades reales las ha dado y viene dando el Rey. El Gobierno y las demás instituciones públicas (estatales, autonómicas, locales), partidos políticos, sindicatos de trabajadores, asociaciones empresariales y todos cuantos reciben un céntimo de euro público, con sus nombres y apellidos, deben seguir sin más excusas su ejemplo», concluye.